Una vez hayas elegido tu próxima vivienda, sólo necesitarás estar en disposición de aportar:
- 1 mes de fianza legal (*).
- 1 mes como depósito de garantía (*).
- 1 mes corriente.
(*) Estas cantidades serían devueltas al finalizar los contratos, siempre que no haya existido incumplimiento por el arrendatario.
Condiciones sujetas a la aprobación del Departamento de Riesgos.